Como este año, en el calendario de festivos laborales, los días 1 de noviembre y 6 de diciembre coincide en sábado, os recordamos que se añadirán como máximo dos días de permiso de este año, acumulables tanto a las vacaciones anuales como a los días por asuntos propios, tal como dice el Art. 5 del Manual de Permisos, Licencias y Vacaciones de Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

Artículo 5. Festividades laborales que coincidan en sábado. Cuando en un año natural alguna o algunas de las festividades laborales de ámbito nacional no sustituible por las Comunidades Autónomas, propia de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de carácter local, retribuida y no recuperable, coincida en sábado, añadirán, como máximo, dos días de permiso de ese año, que podrán acumularse a las vacaciones anuales y a los días por asuntos particulares. Estos días se disfrutarán en los mismos términos previstos para los días de asuntos particulares.

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