Se publica en el BOC Nº 144 del lunes 20 de julio de 2026 la Resolución de 6 de julio de 2026, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional de esta Gerencia, que aprueba la relación definitiva de solicitudes estimadas, desestimadas y excluidas, en el marco del procedimiento ordinario previsto en la Instrucción n.º 10/2019, del Director del Servicio Canario de la Salud. Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de El Hierro.
En esta resolución se aprueban los siguientes listados:
- Relación definitiva de las solicitudes de interesados que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel/grado superior al que tengan, en su caso, reconocido.
- Relación definitiva de las solicitudes desestimadas de interesados que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, haciendo constar, respecto de cada solicitante, los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad, nivel/es o grado/s a que puede optar conforme al previo cumplimiento del tiempo mínimo de ejercicio profesional exigible, y respecto de el/los grados no reconocidos, los créditos totales otorgados, créditos parciales por cada uno de los apartados del baremo y causa de la desestimación definitiva.
- Relación definitiva de las solicitudes estimadas haciendo constar respecto de cada solicitante los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad y grado reconocido. Respecto al personal que accede al encuadramiento en el primer o segundo grado, se hacen constar los créditos excedentes correspondientes a los méritos A.1 (Conocimientos), B.4 (Docencia) y B.5 (Investigación).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de la Salud en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.
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