El Gobierno ha llegado a un acuerdo que consiste en que aquellos interinos que hayan ocupado plazas estructurales con anterioridad al 1 de enero de 2016, es decir, más de cinco años de forma ininterrumpida, puedan pasar a esta categoría sin opositar.
El documento del pacto recoge en la disposición adicional sexta del proyecto de ley que regula la estabilización de los interinos que el acceso a puesto de funcionario será por concurso de méritos. Según se indica en el mismo «Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016».
Otra de las principales novedades que conlleva este acuerdo es que las instituciones públicas podrán convocar concursos de oposición extraordinarios para estabilizar interinos que no entren en ese cupo de los 5 años y podrán hacer que las fases de dicho proceso no sean eliminatorias entre sí. Esto tendrá especial relevancia para todos aquellos interinos con más de tres años de antigüedad, pero menos de cinco. Esos concursos de oposición darán un peso de hasta el 40% a la experiencia, lo que favorece a las personas que ya estén previamente en la institución como eventuales.
El objetivo de esta medida se centra en que la temporalidad en la administración baje del 8% para situarse en la media comunitaria.
El citado acuerdo debe pasar los trámites parlamentarios en el Congreso y Senado, pero con los votos de los grupos parlamentarios firmantes, no tendrá ningún obstáculo para llevarse a cabo.
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