Dado el alto número de contagios por COVID-19 y la NO remisión de los mismos, el Gobierno ha decretado un nuevo estado de alarma aplicable a toda España con la intención de atajar esta pandemia, apoyándose en el apartado b) de la Ley Orgánica 4/1981 del 1 de junio.
De esta manera, la autoridad competente (el Gobierno de la Nación y la presidencia de las CCAA) decreta que el estado de alarma se inicia el 25 de octubre de 2020 y será hasta el 9 de noviembre a las 00:00, aunque pueden establecerse las prórrogas que se consideren necesarias.
El nuevo estado de alarma puede generar dudas respecto a nuestro estilo de vida. Os presentamos las respuestas a algunas de ellas.
- ¿Es un estado de alarma como el anterior?
- No, porque en principio no habrá confinamiento domiciliario de la población, aunque no se descarta que lo haya en un futuro. Esto dependerá de las Comunidades Autónomas y del número de contagios.
- ¿Cuándo entrará en vigor?
- El 25 de octubre.
- ¿Hasta cuándo se prolongará este estado de alarma?
- En principio es hasta el lunes 9 de noviembre, pero probablemente se prolongará durante seis meses, hasta el 9 de mayo. Esta semana se propondrá en el Congreso de los Diputados. Podría terminar antes de esta fecha, pues estos seis meses obedecen a criterios científicos y técnicos decretados por expertos con la intención de frenar el avance de la pandemia.
- ¿Habrá un confinamiento general de la población?
- Inicialmente no, pero las competencias las tienen los presidentes de cada comunidad autónoma. De manera que si los datos empeoran en una comunidad, podrían llegar a decretar confinamiento domiciliario. En cualquier caso, la petición del gobierno es que la población se quede en casa lo máximo posible.
- ¿Se podrá salir libremente de casa?
- Durante el día se podrá salir con cualquier fin, pero por la noche se limitarán los movimientos.
- ¿De qué hora a qué hora funciona el toque de queda?
- Funciona en todo el territorio nacional y abarca desde las 23:00 horas a las 06:00 horas.
- ¿Todas las comunidades autónomas tienen el mismo horario?
- No. Cada comunidad autónoma puede adelantar o atrasar la hora de inicio del toque de queda. Así podría empezar entre las 22:00 y 00:00 horas, y terminar entre las 5:00 y las 7:00 horas.
- ¿Hay excepciones en el toque de queda?
- Sí. Durante el toque de queda se puede estar en la calle por las siguientes causas justificadas: Adquirir medicamentos, volver del trabajo, regresar al domicilio y cuidar a personas mayores.
- ¿Se puede sacar al perro a partir de las 11 de la noche?
- En principio no, salvo que en tu comunidad autónoma concreta se establezca como hora de inicio del toque de queda las 00:00 horas.
- ¿Qué va a pasar esta Navidad?
- Todavía se desconoce, pero lo más seguro es que se tendrán que celebrar las fiestas de Nochebuena y Fin de Año con los convivientes exclusivamente. Es posible que esto se aplique a otras festividades y sea necesario suspenderla, como en el caso de carnavales o Semana Santa.
- ¿Hay alguna comunidad autónoma que no tendrá toque de queda?
- Sí, las islas Canarias.
- ¿Podremos movernos dentro de la comunidad autónoma?
- Depende. Cada comunidad decidirá si hay libre circulación en su territorio o si se realizarán confinamientos perimetrales dentro de la propia comunidad.
- ¿Habrá movimiento entre comunidades?
- Depende. Cada comunidad decide si cierra su territorio a otras autonomías. En caso de que una comunidad cerrase sus fronteras, puede haber desplazamientos por motivos laborales, educativos o médicos.
- ¿Cuántas personas pueden reunirse?
- Las comunidades también podrán limitar las reuniones sociales, pero con un límite máximo de seis personas, salvo que sean convivientes.
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