Los profesionales que hayan estado trabajando durante el estado de alarma en el SAS recibirían retribuciones de diversa índole por sus servicios prestados, dado el alto riesgo al que se han visto expuestos y sus arduas actuaciones para atajar la pandemia. Para que estos servicios se tengan en cuenta en la Bolsa del SAS, las funciones realizadas deben inscribirse de la siguiente manera:

  1. Los trabajadores/as de EMPRESAS CONCERTADAS DE AMBULANCIAS POR EL SAS que hayan trabajado entre el 01/03/2020 al 30/06/2020 se inscribirán como: «Concierto o convenio con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía«.
  2. Los trabajadores/as de CENTROS DE DIÁLISIS CONCERTADOS POR EL SAS que hayan trabajado entre el 01/03/2020 y el 30/06/2020, deberán inscribirse como: «Pertenecientes al SNS Y SSPA«.
  3. Los trabajadores/as de RESIDENCIAS DE MAYORES Y CENTROS SOCIO-SANITARIOS PRIVADOS que hayan trabajado entre el 01/03/2020 al 30/06/2020, deberán inscribirse como: «Pertenecientes al SNS Y SSPA«.
  4. Los trabajadores de RESIDENCIAS DE MAYORES Y CENTROS SOCIO-SANITARIOS PÚBLICOS deberán inscribirse según estas indicaciones:
    • «Centro no Sanitario de otras administraciones públicas» si se ha trabajado entre el 01/11/2019 y el 29/02/2020.
    • «Perteneciente al SNS Y SSPA» si se ha trabajado entre el 01/03/2020 y el 30/06/2020.
    • «Centro no sanitario de otras administraciones públicas» si se ha trabajado entre el 01/07/2020 y el 31/10/2020.

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