Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha reconocido por primera vez los dos supuestos por los que puede ser cesado el personal estatutario interino. El primero es si participa en un proceso selectivo y no obtiene plaza, y el segundo es por amortización.
Sin embargo, no es el único derecho reconocido en material de personal laboral interino, ya que la misma sentencia también establece el derecho a la estabilidad en el puesto de la funcionaria, por lo que no podrá ser cesada por concurso. Esto es extensible a los profesionales sanitarios siempre y cuando sean personal estatutario.
Además, en caso de que se produjera el cese del profesional, éste tendría derecho a recibir una indemnización por los años en los que hubiera estado ocupando la plaza, aunque ésta deberá ser fijada en cada caso.
Fuente: Redacción Médica