Normas dictadas por resolución de la Junta de Andalucía para para facilitar la participación de las personas trabajadoras por cuenta ajena y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias para las próximas elecciones municipales.
Electores y electoras:
Cuando la jornada laboral coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los
Colegios Electorales, éste tendrá derecho al siguiente permiso retribuido:
a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Miembros de la Mesa Electoral:
Las personas que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal o Interventor o
Interventora de Mesa Electoral, si el día de la votación fuera laboral para las mismas, tendrán
derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no
disfrutan dicho día de descanso.
En todo caso, tendrán derecho a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 29 de mayo de 2023, siempre que justifiquen su actuación como tales.
Si tuvieran que trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la
votación, la persona responsable de su Servicio/Unidad tendrá que cambiarle el turno con
el fin de que pueda descansar esa noche.
Apoderados y Apoderadas:
Si el día de la votación fuera laboral, tendrán derecho, asimismo, a un permiso retribuido de
jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.
Personal que figure como candidato o candidata:
Podrán, previa solicitud, ser dispensado, durante el tiempo de duración de la campaña electoral, de la prestación del servicio en sus respectivas Unidades, al constituir un deber inexcusable de carácter público.
Lee y consulta el decreto completo EN ESTE ENLACE.