El estado de alarma decretado por el Gobierno ha derivado en una serie de consecuencias por lo que a la administración respecta.
En ese sentido, se suspenden el cómputo de los plazos administrativos hasta el 30 de marzo. Con tal motivo se considera inhábil:
- Aporte de documentación Bolsa SAS de los apellidos Q-Z del cual quedaban dos días.
Los plazos se reanudarán una vez que finalice la vigencia del Real Decreto que establece el estado de alarma.
Esta información se hace extensible a todos los plazos administrativos que se encuentren abiertos.