Os dejamos la siguiente información de interés para aquellos trabajadores cuya jornada coincida con el horario de apertura de los Colegios Electorales el próximo 28 de abril:
COMO ELECTOR:
- Si la coincidencia es superior a 6 horas, le corresponde un permiso retribuido de 4 horas.
- Si la coincidencia es entre 4 y 6 horas, le corresponde un permiso retribuido de 3 horas.
- Si la coincidencia es de 2 a 4 horas, le corresponde un permiso retribuido de 2 horas.
COMO MIEMBRO DE LA MESA ELECTORAL:
- Un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación.
- Una reducción de 5 horas en su jornada de trabajo del día 29 de abril.
- Si alguna de las personas tuviera que trabajar en turno de noche la noche anterior al día de la votación, deberán cambiarle obligatoriamente el turno con el fin de que pueda descansar esa noche completa durante el día de la votación.
COMO APODERADO:
- Permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación.