El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), y más concretamente la Sala de lo Social con sede en Sevilla, ha dictado una sentencia favorable en relación a los complementos salariales por festivos y domingos percibidos y el complemento de turnicidad, en la retribución de las vacaciones anuales de los trabajadores de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Alto Guadalquivir, atendiendo a la media aritmética de las cantidades percibidas por dichos complementos en el semestre anterior.

El fallo de la sentencia del TSJA es que se declara el derecho de los trabajadores a que se compute en las retribuciones correspondientes a las vacaciones anuales, además de los conceptos ya tenidos en cuenta y que se vienen abonando actualmente, el complemento por trabajar en domingos y festivos y el complemento de turnicidad, cuando éstos se perciban de manera habitual.